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LA UE RELAJA LAS PROHIBICIONES para llevar líquidos en las rutas aéreas
TINERFE FUMERO | Santa Cruz de Tenerife
La Unión Europea aprobó en estos días una normativa que relaja y perfecciona sus reglas de seguridad en relación al transporte de sustancias líquidas en las rutas aéreas, especialmente rígidas después de que en 2006 el Reino Unido detectase en el aeropuerto de Heathrow un plan para atentar contra varios aviones con destino a Estados Unidos usando explosivos líquidos.
La medida, que entra en vigor el 1 de febrero, suaviza levemente estas restricciones al facilitar, por ejemplo, el transporte como equipaje de mano de medicamentos, comidas para bebés y productos dietéticos en una cantidad superior a los 100 mililitros, aunque se incluye un control específico a los mismos, según consta en la página web de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) y confirmaron en la tarde de ayer a este periódico fuentes de dicho organismo.
Estas nuevas reglas, de obligado cumplimiento en todos los aeropuertos españoles, permite en general llevar como equipaje de mano, los líquidos en envases de 100 mililitros o menos y como máximo total un litro. La tercera gran novedad es que igualmente se admitirá como equipaje de mano los productos líquidos adquiridos en las tiendas de los aeropuertos o en los aviones. En cuanto a las normas para este tipo de transporte, es fundamental recordar que es obligatorio presentar los líquidos separados del resto del equipaje de mano para pasar los controles de seguridad.
El personal del control de seguridad puede requerir que se abran los líquidos para ser inspeccionados y excepcionalmente, y por motivos de seguridad, pueden ser rechazados. Los líquidos que se lleven en el equipaje de mano deben de presentarse en los controles de seguridad de la siguiente forma:
Los envases inferiores a 100 mililitros se llevarán en la conocida bolsa de plástico transparente, con capacidad máxima de un litro, y con cierre hermético.
Los líquidos comprados en las tiendas del aeropuerto o en los aviones serán precintados en el momento de la compra en una bolsa de seguridad con el recibo de compra en su interior, el pasajero no deberá abrirla hasta su destino final.
Por último, las medicinas, comida para bebés o productos dietéticos se llevarán fuera del equipaje y pasarán por el control de líquidos. Según fuentes de AENA, este cambio normativo “se trata de una primera fase por parte de la Unión Europea cuyo objetivo futuro es reducir progresivamente las restricciones”. Por último cabe recordar que a efectos de estas medidas, se consideran líquidos: agua y otras bebidas, sopas, jarabes; cremas, pastas (incluida la pasta de dientes), lociones y aceites; perfumes; gel, como por ejemplo, gel de ducha o champú; contenidos de contenedores presurizados, incluidos espuma de afeitar, otras espumas y desodorantes; aerosoles; y cualquier otro de consistencia similar.
FUENTE. Diario de Avisos (España)
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